
TARIFA INDEXADA AL DÓLAR ACTUAL
Durante semanas, el discurso oficial de la administración del presidente Rodrigo Paz buscó transmitir tranquilidad a las familias e industrias bolivianas, asegurando de forma enfática que el servicio de electricidad mantendría la estabilidad tarifaria sin sufrir los embates de la coyuntura macroeconómica.
La realidad técnica es otra y contradice las promesas políticas. Como bien desvela el análisis del economista Gonzalo Colque, la reciente emisión de la Resolución AETN N° 450/2026, promulgada el 31 de julio de 2026 por la Autoridad de Fiscalización de Electricidad y Tecnología Nuclear (AETN), confirma la puesta en marcha de un innegable «tarifazo por goteo», estrechamente indexado al tipo de cambio real del dólar.
El trasfondo técnico de este ajuste revela una confesión implícita por parte de la AETN: el salto del tipo de cambio oficial encareció de manera sustancial la estructura de costos de generación y distribución eléctrica en el mercado nacional.
Para el cálculo de la indexación del periodo agosto-octubre de 2026, distribuidoras de envergadura como DELAPAZ, CRE y ELFEC actualizaron sus presupuestos operacionales utilizando un tipo de cambio oficial ajustado de Bs11,37 por dólar. Esta actualización generó de forma inmediata un salto real en los costos de origen del servicio superior al 30%.
Frente a un impacto tarifario de tal magnitud, el gobierno presentó la aprobación de la Resolución 450 no como un incremento, sino como un mecanismo de contención en beneficio del consumidor regulado.
La norma fija nuevos Factores de Estabilización de Distribución (FED) con el propósito formal de «amortiguar» el impacto y evitar que el incremento sobrepase el tope del 5% mensual. Este tope se ampara en el recién estrenado Decreto Supremo N° 5647 de 29 de junio de 2026, el cual modificó el antiguo límite de variación semestral del 3% para abrir paso a un ajuste con techo mensual del 5%.
Sin embargo, detrás del ropaje protector de la estabilización tarifaria se esconde la «letra chica» del modelo regulatorio actual. Lejos de absorber el diferencial de costos, la norma únicamente dilata en el tiempo el cobro total de la factura.
Al aplicar un factor de estabilización que amortigua solo una fracción del incremento inicial en agosto, la autoridad reguladora deja impagado más del 25% del reajuste derivado de la depreciación cambiaria.


